Oiga!
Toluca, México, 2 de agosto de 2022.- Las personas que colaboran como servidores públicos en la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) están obligadas a conocer a la perfección y ubicar cada una de las etapas del Sistema Penal Acusatorio, afirmó la presidenta del citado organismo, Myrna Araceli García Morón.
Quienes forman parte de la Casa de la Dignidad y las Libertades deben conocer a la perfección la reforma de 2008 del Sistema Penal Acusatorio para saber cuál es el matiz de protección de los derechos humanos de las personas, insistió.
García Morón resaltó la importancia de continuar con los ejercicios de reflexión y capacitación para el personal de las visitadurías generales, sobre los principales temas que derivan de las revisiones estadísticas de los asuntos que ocupan al organismo defensor, pues la ciudadanía considera que hay un ejercicio desproporcional, arbitrario e ilegal ante la probable comisión de un delito.
Por su parte, al dictar la conferencia “La tutela de los derechos humanos en las etapas del Sistema Penal Acusatorio”, el especialista en la materia Francisco Jesús Serralde Gallegos, explicó que un procedimiento penal, el momento con más violaciones a derechos humanos es la investigación inicial, porque no interviene el juez.
Dijo que la libertad personal es el derecho más afectado y el que más se debe cuidar durante el proceso penal, el cual, además, por su impacto quizá sea homologable al de la vida; detalló que la libertad se vulnera desde el momento de la detención de la persona, y durante esta acción también pueden resultar dañados otros derechos como el de la defensa, a no ser torturado y a no ser sujeto de desaparición forzada.
El abogado penalista indicó que de manera frecuente se vulneran otros derechos como el de reparación de daño, porque no se logra el objetivo de resarcir como si el delito no se hubiera registrado; el de acceso a la justicia, en el que debe privilegiarse el interés superior del menor y la perspectiva de género; el derecho a la verdad cuando no se esclarecen los hechos; y el de inviolabilidad del domicilio, pues la ley indica que nadie puede ingresar a su domicilio salvo con una orden.